El proceso de regularización contempla una serie de acciones de carácter administrativo ante la DGA, a saber:
1.- El ingreso de expedientes técnicos con la solicitud correspondiente ante la DGA (Dirección General de Aguas) o ante la Gobernación respectiva.
2.- La publicación de extractos de la solicitud en tres diarios y su difusión medios radiales.
3.- La respuesta a oposiciones que pudieran presentarse.
4.- Inspección ocular por parte de la DGA en la que se medirán las aguas solicitadas.
5.- La constitución del derecho si existe disponibilidad de recurso y fuere legalmente procedente.